Aviso legal

Vías extrajudiciales de resolución de controversias

Les informamos de que, tal y como establece la normativa vigente,
las personas consumidoras y usuarias pueden dirigirse, según
la materia objeto de controversia, a:

  • Los organismos competentes en materia de energía de la
    Administración General del Estado o de las comunidades autónomas.
  • Las autoridades de Consumo.
  • Los organismos sectoriales acreditados conforme a la
    Ley 7/2017, de 2 de noviembre, sobre resolución alternativa
    de litigios en materia de consumo.Se puede consultar el listado de entidades notificadas
    a la Comisión Europea por las autoridades competentes
    en España en el siguiente enlace:
    Consultar entidades de resolución alternativa de conflictos
  • Los procedimientos de resolución extrajudicial de conflictos
    previstos en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero,
    de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público
    de Justicia.

No obstante lo anterior, antes de acudir a estas vías,
las personas consumidoras y usuarias pueden presentar
su reclamación a través de los canales de atención de
ADELFAS ENERGÍA, S.L. indicados en sus facturas,
donde analizaremos su solicitud y emitiremos una respuesta
motivada en plazo.